HA DADO LA
SIGUIENTE LEY
TITULO PRIMERO
DEL OBJETO Y LA FINALIDAD DE LA PRESENTE LEY
Artículo I.- La presente ley tiene por
objeto instaurar el marco jurídico, político e institucional que oriente las acciones
del Estado y la sociedad en general en relación a la población joven de la nación.
Artículo 2.- La finalidad de la presente
ley es propiciar el desarrollo integral de los y las jóvenes sin distinción religiosa,
política, racial, étnica u orientación sexual, de nacionalidad dominicana y de los
jóvenes extranjeros residentes en el territorio nacional; contribuir a la integración de
los jóvenes a la vida nacional en los distintos ámbitos políticos, económicos,
sociales, culturales y de otros tipos, así como también garantizar el ejercicio de los
derechos humanos, civiles y políticos que permitan el respeto a los jóvenes y su
participación plena en el progreso de la nación.