Que corresponde al Presidente de la República, el fomento,
la inspección y vigilancia de la enseñanza, función que deberá estar orientada, entre
otros aspectos, a la creación de mecanismos de evaluación y mejoramiento de la calidad
de la educación superior.
Que se hace necesario diseñar estrategias adecuadas para
afrontar la crisis por la que atraviesa el sistema de educación superior, especialmente
en los aspectos financiero y de coordinación de las instituciones por parte de Estado.
DECRETA:
Artículo 1º. Créase la "Comisión para el
desarrollo de la Educación Superior" que deberá diseñar y recomendar estrategias y
acciones para el mejoramiento de la calidad y cobertura de la Educación Superior. Esta
Comisión funcionará adscrita al Ministerio de Educación Nacional.
La Comisión tendrá en cuenta los resultados de la Misión
de Ciencia, Educación y Desarrollo, el informe de la Misión para la Modernización de la
Universidad Pública, los lineamientos emanados de los documentos CONPES relativos a la
Educación, aprobados en el actual gobierno, así como aquellos estudios realizados en
Latinoamérica y otros países que permitan identificar diversas alternativas de
reorientación y acción del Sistema de Educación Superior, en el marco de los nuevos
escenarios internacionales y de las políticas prioritarias establecidas en el Plan de
desarrollo "El Salto Social".
Artículo 2º. La Comisión recomendará al gobierno
nacional las medidas que a su juicio sean aconsejables para conjurar el estado de crisis
de nuestra educación superior.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Santafé de Bogotá D.C., a los 21 MAYO 1996