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Decreto
N° 26.898- MTSS por el cual se autoriza el trabajo nocturno
de las mujeres en actividades industriales
Se autoriza el trabajo
nocturno de las mujeres en actividades industriales. En
todo caso los empleadores deberán cumplir con los siguientes
requisitos: a) que la naturaleza de sus actividades exijan operación
a base de más de un turno diario, b) que se ajusten en un todo
a las normas de seguridad social, c) que el trabajo no sea pesado,
insalubre o peligroso y que se adopten las medidas de higiene
y seguridad que establece la legislación, d) que existan a disposición
de las trabajadoras los medios de transporte adecuados a sus
necesidades. Se deroga el decreto número 5944-TSS del
26 de abril de 1976.
Decreto 2600-TSS
El Ministerio de Trabajo
y Sguridad Social podrá suspender la prohibición del trabajo
nocturno de mujeres empleadas en la industria en casos
particularmente graves.
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