Ley N°. 20-93
Del 5 de diciembre, 1993
Esta viene a ser una de las pocas leyes
que sobre juventud específicamente existe en la República Dominicana.
La misma vienes a ser también un complemento al decreto No.2981,
que creo la Dirección General de Promoción de la Juventud como
organismo oficial rector de la política nacional de juventud.
Entre estos casos la Ley 20-93,
en uno de sus artículos declara el treinta y uno (31) de enero
de cada año, día de San Juan Busco, como día Nacional de la
Juventud. Al mismo tiempo que también, en uno de sus artículos,
instituye el Premio Nacional de la Juventud, señalando que mismo
deberá ser coordinado por la Dirección General de Promoción
de la Juventud, la Secretaria de Estado de Educación y Cultura,
y la Secretaria de Estado de Deporte.
El premio Nacional de la Juventud
deberá celebrarse el 31 de enero de cada año, día nacional de
la Juventud, y para este se realizara un acto que será por todo
lo alto, según señala dicha ley.
El Reglamento que rige esta
ley es el No.199-98, y el mismo fue promulgado por el Poder
Ejecutivo en fecha veintidós (22) del mes de mayo de 1998.
Este reglamento contiene todo
lo relativo a la coordinación ente la SEEC y la DGPJ sobre la
celebración del programa oficial de las actividades que desarrollaran
para la celebración del Día Nacional de la Juventud. Así como
también las bases para la organización y realización del Premio
Nacional de la Juventud (Artículos 2 y 3).