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Fecha de actualización:
8/10/2008

 

 

 

Reunión Técnica sobre los Trabajadores y la Formación Profesional en América Latina

São Paulo, Brasil, los días 17 al 19 de mayo del año 2000

 

Documento de Referencia /3

La Participación sindical en la formación profesional en
América Latina y el Caribe

Cinterfor/OIT

 

Confederación General de Trabajadores - CGT
Central Unica de Trabajadores - CUT
Força Sindical
Secretaría de Empleo y Relaciones de Trabajo del Estado de São Paulo
Proyecto de Fortalecimiento Sindical para el Diálogo Social - OIT/ACTRAV-AECI
CINTERFOR/OIT

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5. La formación en los acuerdos nacionales

La formación ha sido incorporada como un capítulo importante en los distintos acuerdos nacionales -generalmente tripartitos aunque también en algunos casos bipartitos- que han sido suscritos a lo largo de los años noventa en América Latina y el Caribe.

En Argentina son ejemplos de ello: el "Acuerdo Marco para el Empleo, la Productividad y la Equidad social", suscrito el 25 de junio de 1994 entre las partes sociales y el gobierno; y el "Acta de Coincidencias", acordada el 9 de mayo de 1997 entre la CGT y el gobierno. La cláusula de esta última, rotulada "Participación en la formación profesional" establece que "se fomentará la formación profesional permanente y continua, así como la de los desocupados. En ambos casos con la participación activa de los actores sociales para aumentar la eficiencia y dirección del gasto y de las políticas".

En Chile, el Acuerdo Marco de 1990, y Acuerdo Nacional Tripartito de 1991 son los dos antecedentes de mayor importancia en la materia. En el último, se acordó desarrollar, en una agenda de interés común, iniciativas sobre políticas de capacitación y formación profesional, creando órganos consultivos para el Programa de Capacitación y Desarrollo de la Educación Técnica que gestiona el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, y del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE). Más recientemente, en 1998, se promulgó el nuevo Estatuto de Capacitación y Empleo que, luego de un profundo proceso de consulta y debate a nivel político y social, introduce modificaciones de importancia en varios planos, entre ellos en lo que tiene que ver con la creación de nuevas fórmulas de gestión de la capacitación a nivel de empresa, estimulando la participación de los trabajadores en los Comités Bipartitos de Capacitación. También se crea la Comisión Nacional de Capacitación, con integración tripartita.

En Colombia, a través del "Acuerdo de Productividad, precios y salarios", del 19 de diciembre de 1994, de carácter tripartito, se ocupa en su capítulo VII de establecer acuerdos y definiciones en materia de productividad. Tras afirmar que entre los diversos factores que inciden negativamente sobre aquélla, se destaca la falta de calificación de la mano de obra, el atraso tecnológico y las deficiencias de las políticas de ciencia y tecnología. Se define a la capacitación y calificación de la mano de obra como un instrumento fundamental, en el cual deben trabajar conjuntamente con el gobierno, los trabajadores y los empleadores, de modo de alcanzar los objetivos propuestos. Las partes asumen un compromiso en tal sentido, realizando una declaración programática en cuanto a que las tres partes desarrollarán programas conjuntos para promover el incremento de la productividad, entre otros factores, a través de la capacitación.

En México, país con larga tradición en este tipo de acuerdos, se suscribió el 16 de julio de 1990 el "Acuerdo Nacional de Productividad", con declaraciones referentes a la realización de un esfuerzo educativo a través de acciones desarrolladas por programas nacionales orientados a la modernización educativa y a la capacitación y productividad. En 1992 se celebró el "Acuerdo Nacional para la Elevación de la Productividad y la Calidad" (ANECAP), por el que se estima indispensable promover, dentro de las empresas y con el concurso de los trabajadores y sus organizaciones, políticas de capacitación permanente a todos los niveles, programas de readiestramiento de la mano de obra, programas de inducción al puesto, nuevas modalidades de capacitación en el sector rural y en la medianas y pequeñas empresas y el establecimiento oficial de nuevas formas de registro y dictamen de programas de capacitación, con el fin de promover su mayor descentralización y más amplia información. El Acuerdo denominado "Alianza para la recuperación económica" alcanzado en 1995, en su capítulo VII establece acciones concretas en materia de capacitación: ampliación de los programas de "Becas para trabajadores desempleados" y de "Calidad Integral y Modernización", así como indicaciones para el Consejo de Normalización y Certificación de Competencia Laboral". Finalmente, el acuerdo denominado "Diálogo Obrero-Empresarial hacia una Nueva Cultura Laboral", del 13 de agosto de 1996, de carácter tripartito, contiene también importantes y explícitas referencias a la formación.

El de Panamá es otro ejemplo, con el "Pacto de Compromisos para el Desarrollo", adoptado el 6 de diciembre de 1994 en el ámbito de los Acuerdos de Concertación (Bambito III). En él los actores empresariales y sindicales acordaron asumir mayor responsabilidad, entre otros temas en el de la formación, lo que a lo postre resultó en la concreción de la bipartita Fundación del Trabajo que ha impulsado importantes iniciativas en la materia.

 

 


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