V) OTROS RETOS DE LOS SINDICATOS
1. El Sindicato como co/formador
Resulta nítidamente uno de los nuevos papeles que les
cabe a los sindicatos en el actual contexto. No tiene relación ya con
los cursos de economía o formación de liderazgos, que continuarán sin
duda siendo imprescindibles, sino que corresponden a distintos tipos
de iniciativas que en el caso brasileño han sido sistematizadas(25)
como:
- aquellas que no se diferencian de los cursos regulares oficiales
mediante convenio con instituciones públicas o privadas;
- aquellas que resultan autónomas en relación a las estructuras y
propuestas institucionales y convencionalmente reconocidas (formación
contínua, alfabetización para jóvenes y adultos, cursos técnicos para
hijos de asociados, iniciativas de formación orientadas a las propias
necesidades de la organización, etc);
- escuelas de sindicatos reconocidas por los organismos educacionales
existentes, mantenidos con recursos de entidades sindicales de trabajadores.
En el caso del convenio colectivo de la actividad de
los trabajadores de edificios de renta y propiedad horizontal en Argentina,
se instituye vía convenio colectivo el título de "trabajador Integral
de edificios" que es otorgado por la escuela de capacitación sindical
como institución autorizada para extender dicho titulo; en el caso de
una empresa metalúrgica, el convenio establece un sistema participativo
mediante el cual los programas, las modalidades de realización de las
actividades formativas y los gastos que demanden, son acordados entre
las partes; la ejecución de las acciones por otro lado, está a cargo
del institución sindical, en tanto que la supervisión y evaluación de
las actividades de capacitación corresponden a la empresa.
En todo caso, la formación profesional proveniente
de los sindicatos debe contener ciertas particularidades que refieren
a la propia naturaleza de la institución que presta el servicio. La
formación de una conciencia crítica del entorno y la cultura, así como
las nociones básicas de los derechos de la ciudadanía y de su papel
de trabajador subordinado deberán tener presencia inocultable.
2. El mercado de capacitación
La demanda creciente de formación profesional ha hecho
proliferar un número importante de entidades de formación profesional,
acicateadas por aquellos procesos de pérdida de dinamismo de la formación
brindada por el Estado o aún de privatización de sus servicios.
Un problema para los sindicatos radica justamente en
ubicarse en esta nueva realidad, máxime cuando en general parten de
una posición de fuerte resistencia al cambio fundamentalmente por parte
de los sindicatos de las propias instituciones educativas estatales,
identificadas con la "defensa de la enseñanza" pública y gratuita.
A veces esta lógica defensa a ultranza de los principios no permite
avizorar con claridad la necesidad de introducir algunos cambios, perdiéndose
en una paralizante inercia.
Además de esta primera dificultad, la discusión se
complejiza cuando no existe un retiro total del Estado - en ese caso
el movimiento sindical puede instalarse en una cómoda y lógica defensa
de la enseñanza pública - sino cuando cambia su papel o introduce reformas
que no necesariamente son privatizadoras sino que procuran asumir la
"modernidad" de las nuevas relaciones de producción.
El tema se vincula con lo señalado mas arriba, puesto
que no siempre las diversas dependencias del Estado tienen una posición
unívoca respecto del tema, y por tanto en ocasiones el Ministerio de
Trabajo, el de Educación y las Instituciones Públicas de formación mostrarán
matices.
En todo caso, en mayor o menor medida, el énfasis en
la orientación profesional y en "abrir el juego" a la oferta
privada (sin sustitución ni abandono del Estado) ha impulsado la creación
de un "mercado" de capacitación privado antes inexistente
o anémico frente a la otrora poderosa y casi monopólica acción estatal.
Por otra parte, las iniciativas privadas no se agotan
en la creación de instituciones de formación profesional sino que abarcan
otra serie de entidades intermediarias, de naturaleza plenamente privadas
o gremiales, pero casi siempre lucrativas.
La certificación de los conocimientos adquiridos también
presta un escenario atractivo a la iniciativa privada.
A semejanza de la seguridad social, ahora instrumentada
para dinamizar el mercado de capitales, un derecho humano fundamental
como lo es la formación puede ser visto como motor dinamizador de la
creación de un mercado antes casi inexistente en la materia.
Este cambio cualitativo necesita una visión clara del
sindicato.
3. La tensión desarrollo individual/productividad
Parece obvio que la única preocupación de los empleadores
a la hora de implementar programas de capacitación para el personal
es el de aumentar la productividad y competitividad de la empresa.
Bajo este punto de vista, seguramente el hecho que
la formación resulte acordada por convenio colectivo no varía sustancialmente
este primer y natural impulso y connote por otra parte en buena medida
el contenido curricular sustantivo de la capacitación.
Sin embargo, si bien seguramente esta finalidad cuente
con el favor del trabajador individualmente considerado, en razón que
tiene como objetivo primario la conservación del empleo y eventualmente
la mejora de las condiciones de trabajo, es posible que en determinado
momento entre en cierta contradicción con las expectativas de la persona,
en la medida:
- que la formación no se tradujo en una mejora inmediata en el empleo;
- que el trabajador tiene intereses diversos a los contemplados en
la formación que se le impone, y en este sentido puede incluso predisponerse
con el sindicato que acordó el programa de formación a desarrollar.
La atención a las expectativas individuales del trabajador
en tanto tal y en tanto persona con intereses muchas veces diversificados,
debe ser un aspecto que los sindicatos no deberían soslayar.
En este sentido, debe advertirse que estos aspectos
rara vez cobran relevancia puesto que constituyen subjetivismos difíciles
de visualizar en asambleas multitudinarias que optan por las grandes
líneas de los acuerdos colectivos.
4. La formación del empresario: ¿un reaseguro del
empleo o un problema del patrón?
El corolario de varias de las reflexiones vertidas
en este trabajo es también verificar si interesa o le es posible al
sindicato discutir sobre la formación profesional, técnica, gerencial
, etc, del empleador, o esta cuestión queda radicada en el ámbito puramente
privativo del capital.
¿Corresponde al sindicato involucrarse a tal punto
en la empresa como para preocuparse por la formación empresarial? ¿Cuántas
decisiones desacertadas del empresario tienen su génesis en una deficiente
formación para el papel que debe jugar a nivel micro social? ¿Son los
trabajadores ajenos a esta situación? ¿En qué medida afecta al
empleo y el salario una planificación errática? ¿No asume luego la sociedad
los costos de la quiebra en términos de pérdidas de puestos de trabajo,
o en seguridad social?
Parecería difícil adoptar un criterio general, puesto
que el tamaño de la empresa no debería quedar al margen de las opciones
a dirimir.
5. Las relaciones laborales y los procesos de integración
regional
De alguna manera, los procesos de integración regional
impactan a los trabajadores y al movimiento sindical. Sobre los efectos
que en el relacionamiento con las empresas y en la negociación colectiva
ha producido, mucho se ha dicho y escrito. El contacto entre sistemas
de relaciones laborales diversos, su traducción a los costos laborales
derivados del trabajo subordinado y de las cargas de seguridad social,
han sido temas de la agenda cotidiana.
En el caso del ALCA, la adopción de un "Acuerdo
de Cooperación Laboral" se realizó en forma inmediata al desarrollo
del proceso de integración regional.
En el MERCOSUR, si bien la discusión en torno a la
adopción de una Carta Social de Derechos se vio demorada (y culminó
con una Declaración Presidencial de derechos "sociolaborales"),
importa reseñar que por el contrario la vía negocial por rama de actividad
tuvo una inesperada evolución cuando en marzo de 1999 se suscribió el
primer convenio supranacional, entre las empresas Volkswagen de Argentina
y Brasil con los sindicatos metalúrgicos respectivos.
Se recoge en el mismo todo un capítulo sobre el "sistema
de capacitación profesional", indicando que los programas serán
compatibilizados entre las diversas unidades de la empresa, respetando
las particularidades y necesidades de cada uno de los procesos de producción
y que las actividades formativas que se lleven adelante en alguna de
las unidades de la firma, serán automáticamente reconocidas por las
otras. Se incluye asimismo un principio relacionado con la participación:
"las empresas elaborarán programas de capacitación profesional
teniendo en consideración la cooperación, las contribuciones y sugerencias
presentadas por los Sindicatos y/o Comisiones Internas de Fábrica".
Del elenco reducido de temas negociados en este primer
acuerdo regional, la formación profesional tiene un lugar preferente.
Corresponde preguntarse entonces cual puede ser el próximo paso a dar
por los sindicatos en orden a sus iniciativas en la materia o cual es
el "terreno propicio" para desarrollar acuerdos de este tipo
en otras experiencias regionales y en otras empresas multinacionales.

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25. Ganz Lucio, C. Experiencias y propuestas del sindicalismo
brasileño frente a la formación profesional. Cepal, 1998.