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Fecha de actualización:
8/10/2008

 

 

 

CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO DE LA REPUBLICA ARGENTINA

INSTITUTO DE ESTUDIOS SOCIALES Y ECONOMICOS "ARTURO JAURETCHE"

 

179 Kb Documento completo en formato word

 

ARTICULACIÓN ENTRE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN

1. Las políticas de F.P. en el presente no tienen definición en el orden nacional, al producirse la disolución del CONET (Consejo Nacional de Educación Técnica) organismo que definía en el orden nacional las políticas de aplicación y la expansión de la formación, efectuaba los diseños curriculares y realizaba cursos para los formadores. Aplicada la ley de transferencia de los servicios educativos a las distintas jurisdicciones integrantes del sistema federal y producida la disolución del CONET, no existe en el orden nacional una entidad que sirva de instancia de definición del políticas de F.P.

Se ha creado por Dto. Nº 606/95 del P.E.N. dentro del ámbito del Ministerio de Educación, el llamado Consejo Nacional de Educación - Trabajo, que está integrado por representantes estatales, del trabajo y de la producción, el cual entre otras tiene la misión de asesorar sobre la relación educación trabajo. A instancias del sector trabajo, se creó una Subcomisión dentro de la Comisión Técnica del CONE-T para tratar los temas de la F.P. Pese al empeño puesto en esa tarea y a las innumerables reuniones realizadas, al presente no se ha logrado obtener una clara definición sobre las políticas de aplicación en el orden nacional a la F.P.

2. En forma general y en razón de la situación existente antes de la transferencia de servicios, forma parte del sistema educativo al depender de los ministerios de educación locales; conformando en general una modalidad que suele denominarse educación no formal. Su ubicación dentro de los esquemas educativos provinciales no está plenamente definida, siendo ubicada, en los distintos organigramas, en forma general, dentro del área que comprende la educación del adulto.

Cabe destacar que la ley Federal de Educación no ubica a la F.P. en forma particular, como nivel o modalidad educativa, pudiendo entenderse como comprendida en el Art. 30 (Educación de Adultos).

3. Como se señaló en el punto anterior, la descentralización educativa, ha eliminado las instancias de dirección en orden nacional, transfiriendo la gestión a instancias de orden provincial o sea a los ministerios de educación en el orden público.

En las instancias de ejecución existen las públicas y las privadas. Las públicas están constituidas por los Centros de F.P. en cada jurisdicción y las privadas gestionadas por diversas organizaciones generalmente sin fines de lucro. Cabe destacar que, dentro del esquema de ejecución pública, existen centros originados por convenios con organizaciones de trabajadores, los que aunque constituyen una oferta pública, se generaron para ofrecer un mayor beneficio educativo a sus afiliados.

Previo a la transferencia de servicios, el organismo nacional (CONET) sostenía una oferta , dividida por áreas, que abarcaban formación para comercio, industrias y servicios. Esta oferta estaba constituida por más de 300 cursos y a los participantes de los mismos se les otorgaba certificaciones, las que de acuerdo a su duración se denominaban Certificado de Adiestramiento o Certificado de Aptitud Profesional.

Al presente esta situación puede ofrecer variantes en cada jurisdicción, debido a la carencia de política nacional en esta área. La población atendida reconoce dos categorías: la F.P. para adolescentes conforma una de ellas y la Formación para adultos la otra.

El financiamiento es de orden público para los Centros de Gestión Pública. Cuando existen convenios (ej. Entre la parte oficial y un sindicato) las partes conveniantes concurren en distintas proporciones para solventar los gastos de funcionamiento.

4. Este aspecto está incluido en el punto Nº 2. No existe de parte oficial una iniciativa o proyecto que tienda a articular la F.P con el sistema formal de educación. Existen sí trabajos presentados por miembros del Foro Sindical por la Capacitación del Trabajador, para incorporar los Centros de Formación Profesional como establecimientos para desarrollar el 3er. Ciclo de la Enseñanza General Básica, impartiendo a la par de la parte curricular correspondiente nociones de un oficio.

Constituye esta presentación una intención de lograr una articulación formal habida cuenta que posteriormente al nivel de Educación General Básica proseguiría el educando el desarrollo del oficio en ese mismo centro con posterior alternativa de articular con un itinerario formativo de nivel Polimodal.

5. El único mecanismo existente para la posibilidad de un tránsito entre la F.P y la educación formal fue desarrollado por el CONET, quien estableció las equivalencias necesarias para que los educandos egresados del Ciclo de Formación Profesional para Adolescentes , pudiera ingresar en el Ciclo Superior de la Escuela Técnica.

6. Las iniciativas han sido explicitadas en el punto 4.

 

 


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