Guillermo Campero.
La cuestión laboral en el Mercosur: procesos, opciones y posibilidades.
Santiago de Chile, Friedrich Ebert Stiftung, 1999.
En esta publicación se hace un repaso de lo
que ha sido la presencia de la cuestión laboral y la "dimensión social" en el
proceso de integración económica y comercial en el Cono Sur, para posteriormente
postular seis tesis que, según el autor, debieran ser consideradas como orientaciones
para enfrentar los desafíos planteados en este campo y seis políticas a seguir con el
fin de operacionalizar las tesis antes enunciadas.
El comienzo del Mercosur estuvo signado por
la total ausencia de los temas sociales y laborales. En efecto, el Tratado de Asunción no
establecía, en su estructura institucional, ningún espacio específico para el
tratamiento de estos temas, a pesar de que en su exposición declarativa se hace
referencia a la justicia social y a la mejora de la calidad de vida de los habitantes de
la región entre sus objetivos. Esta situación comienza a cambiar cuando en mayo de 1991,
los ministros de trabajo de los países miembro, a través de la Declaración de
Montevideo, proponen la creación del Sub-grupo de Trabajo sobre relaciones laborales,
empleo y seguridad social (SGT 11) y sugieren la necesidad de elaborar una Carta Social
del Mercosur.
Las organizaciones de trabajadores de los
países miembros de Mercosur, nucleadas en la Coordinadora de Centrales Sindicales del
Cono Sur (CCSCS), jugaron un importante papel en la creación de este SGT, y participaron
activamente del mismo ya desde el comienzo de su accionar. Sin embargo, esta
participación tuvo resultados muy limitados, ya que las decisiones del SGT 11 de hecho no
fueron normalmente recogidas por los ámbitos superiores del Mercosur.
En diciembre de 1994 se firmó el Protocolo
de Ouro Preto, a través del cual el Mercado Común reestructura los subgrupos de trabajo,
y el hasta entonces llamado SGT11, pasó a llamarse SGT10, "de asuntos laborales,
empleo y seguridad social". En lo referente a los temas laborales y sociales, el
aspecto más importante de la etapa que a partir de allí comienza, fue la aprobación del
Foro Consultivo Económico Social (a partir de una iniciativa de la CCSCS). Su reglamento
fue aprobado en mayo de 1996 por el Grupo Mercado Común y ratificado por la X reunión
del Consejo del Mercado Común en la reunión de Presidentes de San Luis, Argentina, en
junio de ese año. Los principales cometidos del Foro son:
- Emitir recomendaciones de oficio a petición del Grupo Mercado
Común;
- Desarrollar actividades y propuestas destinadas a promover la
cohesión, así como el progreso económico-social de la subregión, en el marco de la
creación de un mercado común;
- Hacer un seguimiento y análisis de los impactos
económico-sociales derivados de las políticas de integración tanto a nivel sectorial,
nacional como subregional;
- Sugerir las políticas económico-sociales y normas derivadas
de éstas aplicables al proceso de integración;
- Llevar adelante estudios y actividades destinadas a
identificar problemas y soluciones en materias económico-sociales relevantes para el
proceso de integración;
- Relacionarse con instituciones nacionales e internacionales,
públicas o privadas, para el cumplimiento de sus cometidos;
- Promover la participación de la sociedad civil y su
integración al proceso de construcción del Mercosur, destacando la dimensión social de
este proceso.
A medida que lector avanza en el capítulo
sobre el proceso de introducción de los temas sociales y laborales en el Mercosur, va
tomando conocimiento del papel protagónico que desempeñó la CCSCS en el mismo. Surge
claramente que es gracias al movimiento sindical organizado que la estructura
institucional del Mercosur no se agota en los órganos de decisión política y/o
comercial.
No se puede hacer un repaso del proceso
mediante el cual se introdujo la dimensión social en el ámbito del Mercosur, sin hacer
referencia a la "Declaración Socio-Laboral del Mercosur" (aprobada en Río de
Janeiro, diciembre de 1998). Este es un documento que por su contenido puede ser
considerado como el reconocimiento conjunto de los Presidentes de los países miembros de
los derechos que asisten a los trabajadores en el contexto de la integración regional. Se
trata de un instrumento de principios, cuya aprobación es un avance importante y muy
especialmente la creación de la Comisión Socio-Laboral (art. 20), instancia tripartita
que opera como órgano auxiliar del Grupo Mercado Común.
Luego de haber descrito el modo en el cual se
dio el citado proceso, Campero nos presenta seis tesis (en forma de acciones a futuro) que
debieran ser consideradas como orientaciones para enfrentar los desafíos planteados por
el proceso de integración:
- Fortalezcamos el estatus institucional de los asuntos
sociolaborales.
- Diseñemos las políticas vinculadas a la Dimensión Social de
la Integración como un proceso progresivo y armónico con las políticas económicas y
comerciales.
- Asumamos que las realidades nacionales no se diluyen por los
procesos de integración.
- Promovamos la Concertación y el Diálogo Social y político
como un método para desarrollar convicciones que fortalezcan la Dimensión Social de la
Integración.
- Impulsemos políticas destinadas a fortalecer a los actores
sociales a fin de garantizar su papel protagónico en el proceso de integración. En
particular el sindicalismo a nivel nacional y subregional.
- Aseguremos la rigurosa observancia de la Declaración de
autoridades del Mercosur en relación a que la existencia de regímenes democráticos en
los países miembros y su fortalecimiento constituyen una condición para la integración.
El texto finaliza con la presentación de una
serie de políticas tendientes a operacionalizar las tesis expuestas arriba.
Este texto es parte de la serie ProSur,
una publicación de las oficinas de la Fundación Friedrich Ebert en Argentina, Brasil,
Chile y Uruguay, que trata cuestiones significativas de la integración regional en el
Cono Sur, con el objetivo de señalar las distintas dimensiones de cada problemática, sus
interrelaciones y de abrir el debate en torno a las alternativas políticas
correspondientes.