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Fecha de actualización:
2/10/2008

 

 

 

GESTIONANDO LA IGUALDAD >> La acción sindical en materia de género >>

CC.OO. Secretaría Confederal de la Mujer. Manual para delegadas y delegados. Madrid: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, 2007. Contiene: Ley para la Igualdad Efectiva de Mujeres y hombres; Guía para el diagnóstico, negociación y aplicación de medidas y planes de igualdad.

 

PRESENTACIÓN

Manual para delegadas y delegadosEn el impulso para la consecución de la igualdad entre mujeres y hombres ha sido básico el papel desempeñado por instituciones internacionales como la Organización Internacional del Trabajo o Naciones Unidas. Estos organismos han aprobado documentos tan relevantes como la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en 1979 o la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo de 1998, relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo. Igualmente significativos han sido los avances conseguidos por conferencias mundiales monográficas, como la de Nairobi de 1985 y Beijing de 1995.

La igualdad también ha sido un principio fundamental en la Unión Europea. Desde la firma del Tratado de Ámsterdam en 1999, la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de las desigualdades entre unas y otros han sido objetivos a integrar en las políticas y acciones de la Unión, en su conjunto, y de cada uno de sus miembros individualmente considerados.

En este sentido, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres (LOIEMH), responde en cierta medida a la obligación de transponer al ordenamiento español dos directivas en materia de igualdad: la 2002/73/CE, de reforma de la Directiva 76/207/CEE, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción, y a las condiciones de trabajo; y la Directiva 2004/113/CE, sobre aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso a bienes y servicios y su suministro.

La primera de las directivas mencionadas introduce el principio de transversalidad, al emplazar a los estados miembros de la UE a tener en cuenta de manera activa el objetivo de la igualdad entre hombres y mujeres en la elaboración de todo tipo de normas y en la aplicación de las distintas políticas y actividades. Incorpora, además, una serie de definiciones como la de “igualdad de trato”, “discriminación directa”, “acoso” y “acoso sexual” y refuerza el papel del diálogo social y la negociación colectiva como instrumento para buscar la igualdad entre mujeres y hombres en el mundo del trabajo.

La ley de la igualdad imprime un cambio importante al enfoque con el que, hasta la fecha, había sido tratada la igualdad entre mujeres y hombres en la legislación nacional, incorporando a la persecución y sanción de las infracciones por discriminación, un nuevo carácter preventivo de esas conductas discriminatorias y una previsión de políticas activas para hacer efectivo el principio de igualdad pretendido.

La ley de igualdad es también la respuesta a buena parte de las reivindicaciones sindicales y sociales de un marco normativo que garantizase efectivamente los derechos constitucionales de igualdad y no discriminación por razón de sexo. No es extraño, por tanto, la especial atención que el texto legal presta a la corrección de la desigualdad en el ámbito específico de las relaciones laborales, promoviendo en el marco de la negociación colectiva, la adopción de medidas concretas en favor de la igualdad en las empresas.

El presente manual se estructura en dos partes claramente diferenciadas: en la primera se incluye un exhaustivo análisis jurídico del contenido laboral de la ley de igualdad; y la segunda contiene una Guía para realizar un diagnóstico de situación previo a la elaboración y aplicación de los planes de igualdad.

La Secretaría Confederal de la Mujer de CC.OO. presenta esta publicación con el objetivo de facilitar la incorporación de los contenidos de la ley de igualdad a la práctica general de delegados y delegadas y, especialmente, para que sirva como herramienta útil para entender y saber cómo abordar la realización de un diagnóstico de situación y la posterior negociación y aplicación de las medidas y planes de igualdad entre mujeres y hombres.

Acceda al documento completo: http://www.ccoo.es/webCCOO/temp/recursos/1/40601.pdf

 

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