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Fecha de actualización:
2/10/2008

 

 

 

Gestionando la igualdad

Tercera Reunión Ordinaria del CONSEJO CONSULTIVO LABORAL ANDINO
Arequipa y Lima, 10 al 13 de julio de 2000

ACUERDO CCLA – 14/2000

CONSTITUCION DE LA COORDINADORA DE MUJERES TRABAJADORAS ANDINAS (COMUANDE)

 

 

El Consejo Consultivo Laboral Andino,

CONSIDERANDO:

· Que las mujeres, en todos los países, constituyen el grupo más grande de ciudadanos y trabajadores marginados, en un marco de creciente desigualdad y discriminación de género y laborando en condiciones de trabajo extremadamente precarias.

· Que en América Latina la situación de la mujer no difiere de lo que sucede en otras partes del mundo, con el agravante que en nuestra región existe una arraigada mentalidad machista y una tradicional actitud por imponer a las mujeres una posición subordinada frente al hombre.

· Que el movimiento sindical internacional ha expresado en diferentes oportunidades su compromiso por promover una real igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y luchar decididamente contra toda forma de discriminación contra la mujer, en toda la sociedad y en particular en el mundo de trabajo.

· Que la consecución de la igualdad real, sin embargo, no se concreta sólo con declaraciones de voluntad, sino que reclama la adopción de medidas concretas de acción positiva orientadas a romper esta situación de marginalidad e inequidad.

· Que una muestra evidente de dicha situación es la escasa participación de las mujeres al interior de las estructuras sindicales; situación que no es ajena al Consejo Consultivo Laboral Andino y que en la actualidad no cuenta con ninguna delegada mujer.

· Conscientes que el cambio de dicha situación, supone profundas transformaciones en el quehacer de nuestras organizaciones, y ante la necesidad de garantizar la participación de la mujer en la problemática de la integración andina;

. Recordando, finalmente, que en la II Reunión Ordinaria del Consejo Consultivo Laboral Andino celebrada en Cartagena de Indias, Colombia, en mayo de 1999, se señaló la importancia de abordar prioritariamente este tema en la presente Reunión Ordinaria del CCLA;

 

ACUERDA:

· Promover la constitución de una "Coordinadora de Mujeres Trabajadoras Andinas" (COMUANDE), conformada por las representantes mujeres de las Secretarías de Mujer, Departamentos de Asuntos Femeninos o Comisiones similares, designada por las diferentes Centrales Sindicales que forman parte del Consejo Consultivo Laboral Andino.

· Aprobar para dicha Coordinadora el goce de autonomía para elegir a sus representantes y formular su programa de acción al interior de la región andina; debiendo responder exclusivamente ante el Consejo Consultivo Laboral Andino, a quien informará de sus actividades y propuestas de trabajo.

· Reconocer la participación, por derecho propio, de la representante de dicha Coordinadora en las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Consultivo Laboral Andino.

· Exhortar a las Centrales Sindicales Andinas, que conforman el Consejo Consultivo Laboral Andino, a prestar su máximo apoyo para hacer realidad esta iniciativa, promoviendo la constitución de Capítulos Nacionales de dicha Coordinadora en cada uno de los países de la Subregión.

· Encargar a la Presidencia del Consejo Consultivo Laboral Andino lo siguiente:

  1. Iniciar las gestiones necesarias al interior de los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración, a fin de reconocer la participación de esta Coordinadora al interior del Consejo Consultivo Laboral Andino.
  2. Organizar próximamente el "I Encuentro de Mujeres Trabajadoras Andinas" con carácter constitutivo de la citada Coordinadora, realizándose además las gestiones necesarias para garantizar su financiamiento.
  3. Invocar a las organizaciones sindicales de nivel regional (ORIT, la CLAT y CPUSTAL), a comprometer su apoyo decidido en favor de esta iniciativa.

Dado en la ciudad de Lima, Perú, a trece de julio de 2000

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