El Instituto Nacional de Empleo fue creado por el artículo 5
del Real Decreto-Ley 36/1978, de 16 de noviembre. Es un Organismo
Autónomo de carácter administrativo, adscrito al Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, dependiendo directamente del titular
del Departamento.
Se integran en el Instituto Nacional de Empleo: El Servicio de
Empleo y Acción Formativa, Promoción Profesional Obrera y la Obra
de Formación Profesional de la Administración Institucional de
Servicios Socio- Profesionales.
El Instituto Nacional de Empleo como órgano gestor de la política
de empleo tiene las siguientes funciones:
1. Organizar los servicios de empleo en orden a procurar pública
y gratuitamente el mejor desarrollo y utilización de los recursos.
2. Ayudar a los trabajadores a encontrar un empleo y a las empresas
a contratar a los trabajadores apropiados a sus necesidades.
3. Fomentar la formación del trabajador en estrecha vinculación
con la política de empleo, a través de las oportunas acciones
de actualización, perfeccionamiento y, en su caso, reconversión
profesionales.
4. Gestionar y controlar las prestaciones de desempleo y las subvenciones
y ayudas para fomento y protección por desempleo.
5. Declarar el reconocimiento, suspensión, reanudación y extinción
del derecho a las prestaciones por desempleo.
6. Gestionar los servicios derivados de las prestaciones de protección
por desempleo.
7. Declarar el reconocimiento, suspensión, extinción y reanudación
de las prestaciones.
8. Exigir la devolución de las prestaciones indebidamente percibidas
por los trabajadores y el reintegro de las prestaciones de cuyo
pago sea directamente responsable el empresario.
9. Concertar los servicios que considere convenientes con la Tesorería
General de la Seguridad Social o con cualquiera de las Administraciones
Públicas.
10. En general, cualquier acción conducente a una política activa
orientada al pleno empleo.