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Convenios y otros instrumentos pertinentes
La OIT ha adoptado los únicos instrumentos jurídicos internacionales que tratan específicamente de los pueblos indígenas y tribales:
La OIT también adoptó en 1989 la Resolución sobre la acción de la OIT concerniente a los Pueblos Indígenas y Tribales que describe las posibles medidas que se pueden adoptar para promover los derechos de los pueblos indígenas y tribales. (texto de la resolución - pdf 26K)
El Convenio núm. 107 sigue estando en vigor en 18 países (véase la lista de ratificaciones) pero ya no está abierto a la ratificación. Para los países que han ratificado el Convenio núm. 107 pero no el Convenio núm. 169, el primero sigue estando en vigor. Sin embargo, para esos países que ratificaron el Convenio núm. 107, pero posteriormente ratificaron el Convenio núm. 169, éste último ha sustituido al Convenio núm. 169.
Actualmente han transcurrido unos 15 años desde que se adoptó el Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 (núm. 169). Hasta el momento, 17 Estados han ratificado el Convenio núm. 169.(véase la lista de ratificaciones).
El Convenio núm. 169 es un instrumento general que abarca una amplia gama de cuestiones relacionadas con los pueblos indígenas y tribales, como los derechos sobre la tierra, el acceso a los recursos naturales, la salud, la educación, la formación profesional, las condiciones de empleo y los contactos a través de las fronteras. Para una explicación completa del Convenio núm. 169 pulse aquí.
El Convenio también establece vínculos importantes con otros aspectos del trabajo de la OIT. El Convenio núm. 169 no es el único pertinente a los pueblos indígenas y tribales. Existen muchos otros instrumentos de la OIT que son directamente pertinentes a los pueblos indígenas y tribales, entre los que se cuentan:
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