Reunión tripartita sobre las prácticas laborales
de las industrias del calzado, el cuero, los textiles y el vestido
Ginebra del 16 al 20 de Octubre de 2000.
Resolución
sobre la accción futura de la OIT
en las industrias del calzado, el cuero, los textiles y el vestido
| La reunión tripartita sobre las prácticas laborales de las industrias del calzado, el cuero, los textiles y el vestido, |
| Congregada en Ginebra del 16 al 20 de Octubre de 2000, |
| Considerando la importancia de las industrias del calzado, el cuero, los textiles y el vestido para la creación de empleos y el desarrollo económico en todo el mundo, |
| Adopta, el 20 de Octubre de 2000 la siguiente resolución*: |
La Reunión tripartita sobre las prácticas laborales de las industrias del calzado, el cuero, los textiles y el vestido invita al Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo a que:
1) vele por que se celebren periódicamente reuniones tripartitas para las industrias del calzado, el cuero, los textiles y el vestido, así como reuniones de expertos para los distintos sectores, ya sea conjuntamente o por separado, según se requiera;
2) dedique la próxima reunión tripartita a un examen de las actividades emprendidas en materia de promoción y aplicación de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento en las industrias del calzado, el cuero, los textiles y el vestido que deberá incluir, entre otros puntos, un examen de los cambios en las condiciones de trabajo y de si éstos han conducido a cambios en las inversiones, la productividad, la calidad y la competitividad;
3) vele por que las industrias del calzado, el cuero, los textiles y el vestido sigan recibiendo la atención y los recursos adecuados para que puedan desarrollarse aun más los niveles de investigación y de cooperación técnica;
4) pida al Director General:
a) que siga promocionando, en las industrias del calzado, el cuero, los textiles y el vestido, la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento y la Declaración tripartita de principios de la OIT sobre las empresas multinacionales y la política social, así como todos los convenios y recomendaciones pertinentes de la OIT;
b) que asigne recursos suficientes al programa de actividades futuras y en el presupuesto de la OIT para prestar asistencia técnica a los gobiernos y a las organizaciones de trabajadores y de empleadores en las industrias del calzado, el cuero, los textiles y el vestido;
c) que incluya en su programa de actividades reuniones regionales y subregionales específicas para las industrias del calzado, el cuero, los textiles y el vestido;
d) que incluya en su programa de actividades reuniones de expertos sobre cuestiones como:
i) seguridad e higiene,
ii) el aumento de la precariedad en el empleo y otras nuevas formas de prácticas laborales,
iii) códigos voluntarios de conducta para las empresas,
iv) prácticas de empleo en las zonas francas industriales,
v) los métodos de cálculo de un salario mínimo, en las industrias del calzado, el cuero, los textiles y el vestido;
e) que organice la recopilación y difusión de estadísticas específicas y pertinentes para las industrias del calzado, el cuero, los textiles y el vestido.
[*] Dado que el Consejo de Administración de la OIT no ha examinado aún estas conclusiones de conformidad con los procedimientos establecidos por lo tanto no se pueden considerar como definitivas.