10. Igualdad de género y no discriminación

Desarrollo Sostenible

Trabajo Decente

Economía Social Ambiental Empleo Protección Rerechos Diálogo
Metas de los ODS pertinentes

1.4, 4.5, 5.2, 5.4, 5.5, 5.a, 8.5, 8.8, 10.3
Resultados en materia de políticas pertinentes
1, 2, 3, 6, 7, 8, 10

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En todo el mundo, se niega el acceso al trabajo y a la formación a millones de mujeres y de hombres que perciben bajos salarios, o se ven limitados a determinadas ocupaciones, simplemente por razones basadas en su discapacidad, etnia, condición indígena o tribal, raza, religión, sexo, orientación sexual, identidad de género, opinión política o de otra índole, o infección real o supuesta con el VIH/sida real u otras enfermedades. La discriminación que sufren ciertos grupos, como las mujeres, las minorías étnicas o raciales, y los migrantes en el mundo del trabajo los hace muy vulnerables a la explotación y los abusos, por ejemplo, al trabajo forzoso. Frente a la imposibilidad de acceder a empleos decentes, los padres de minorías étnicas suelen verse obligados a recurrir al trabajo de sus hijos para poder sobrevivir. Sin embargo, la discriminación puede manifestarse de muchas formas y suele ser sutil e insidiosa, socavando la dignidad y el futuro de los pueblos. La discriminación impide a las personas tener voz en el trabajo y participar plenamente. La discriminación trunca las oportunidades, lo cual hace que se malgaste el talento humano necesario para lograr el progreso económico y se acentúen las desigualdades y tensiones sociales. La discriminación es uno de los impulsores de la exclusión social y la pobreza.

Un punto de partida importante para superar la discriminación es el derecho a la igualdad de oportunidades y trato respecto del empleo y la ocupación. Una de las claves para que la promoción de la igualdad en el mercado de trabajo sea exitosa es la participación activa de las organizaciones de trabajadores y de empleadores y de otras partes interesadas. La protección contra la discriminación es un derecho humano fundamental, indispensable para que los trabajadores puedan elegir libremente un empleo, desarrollar todo su potencial y cosechar su recompensa económica sobre la base del mérito. Asimismo, promover la igualdad en el lugar de trabajo tiene importantes beneficios. Los empleadores que practican la igualdad tienen acceso a una fuerza de trabajo más amplia y diversa. Los trabajadores que gozan de la igualdad tienen mayor acceso a la formación, y suelen percibir salarios más elevados y mejorar la calidad de la mano de obra en general. Los beneficios de la economía globalizada se distribuyen de manera más justa en una sociedad donde reina la igualdad, pues esta redunda en mayor estabilidad social y en un apoyo público más amplio para fomentar aún más el desarrollo económico.

La lucha contra la discriminación y la igualdad de género es un aspecto esencial del mandato de la OIT y materia de dos convenios fundamentales: el Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100) y el Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111). Muchos otros instrumentos de la OIT, como por ejemplo el Convenio sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, 1981 (núm. 156), el Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (personas inválidas), 1983 (núm. 159), el Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 (núm. 169), y el Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, 2011 (núm. 189) se ocupan de aspectos específicos de la igualdad y la no discriminación.

La lucha contra la discriminación es una parte esencial de la promoción del trabajo decente, y el éxito en ese frente se nota mucho más allá del lugar de trabajo. Las cuestiones vinculadas a la discriminación están presentes en todo el ámbito de trabajo de la OIT. Por ejemplo, al impulsar la libertad de asociación y libertad sindical, la OIT procura prevenir la discriminación contra los trabajadores sindicalizados y los líderes sindicales. Los programas de lucha contra el trabajo forzoso y el trabajo infantil incluyen la prestación de ayuda a niñas y mujeres atrapadas en las redes de prostitución o explotadas en el servicio doméstico obligatorio. La no discriminación es un principio fundamental del repertorio de recomendaciones prácticas de la OIT sobre VIH/sida y el mundo del trabajo. Las orientaciones en materia de legislación laboral incluyen disposiciones sobre discriminación (43). La OIT y sus mandantes también se ocupan de abordar la cuestión de la violencia y el acoso, que son manifestaciones graves de discriminación; últimamente, este tema se ha abordado en la reunión tripartita de expertos 30, y en 2018 se debatirá en la Conferencia Internacional del Trabajo con miras a la adopción de un convenio o una recomendación sobre este tema.

En el mundo del trabajo, siguen planteándose diversos desafíos para alcanzar la igualdad de género. Existen significativas brechas de género —y en los últimos 20 años no hubo grandes cambios— con respecto tanto a la cantidad como a la calidad de los empleos, en las áreas de acceso al empleo, salarios, seguridad social y segregación ocupacional (8). Las mujeres tienen más probabilidades de estar desempleadas que los hombres; el desempleo afecta particularmente a las mujeres jóvenes. Las mujeres siguen estando sobrerrepresentadas en el trabajo no remunerado y de prestación de cuidados; además, suelen trabajar más horas que los hombres, independientemente de que el trabajo sea remunerado o no remunerado. Para avanzar en la igualdad de género es necesario colmar estas brechas —que incluyen el trabajo no remunerado e infravalorado de las mujeres—, redistribuir las responsabilidades de prestación de cuidados, y asegurar la igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor.

Los conocimientos especializados de la OIT en el ámbito de la igualdad de género y la no discriminación se centran en las cuestiones relativas a la igualdad de oportunidades y trato para todas las mujeres y los hombres en el mundo del trabajo, y en la eliminación de la discriminación basada en razones de género, raza, etnicidad, identidad indígena, discapacidad, orientación sexual e identidad de género. La Oficina presta asesoramiento en materia de política, herramientas, orientación y asistencia técnica a los mandantes; esto incluye la promoción de lugares de trabajo más inclusivos y de políticas, programas e instituciones que tengan en cuenta la perspectiva de género. El trabajo de la OIT en materia de igualdad de género gira en torno al Plan de Acción de la OIT sobre Igualdad de Género 2016-2017, que es una herramienta basada en resultados para poner en práctica la Política de la OIT sobre igualdad entre los sexos e incorporar las consideraciones de género en la Oficina Internacional del Trabajo.

Relación entre la Agenda de Trabajo Decente y los ODS

El trabajo decente, la igualdad de género y la no discriminación ocupan lugares destacados en la Agenda 2030. La Declaración adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en septiembre de 2015 proyecta una visión: «Aspiramos a un mundo en el que sea universal el respeto de los derechos humanos y la dignidad de las personas, el estado de derecho, la justicia, la igualdad y la no discriminación; donde se respeten las razas, el origen étnico y la diversidad cultural y en el que exista igualdad de oportunidades para que pueda realizarse plenamente el potencial humano y para contribuir a una prosperidad compartida» (párrafo 8). Esta visión ha quedado reflejada en diversos Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular el ODS 4 (meta 4.5, acceso igualitario a la educación; ODS 5 (igualdad de género, en particular las metas 5.2, 5.4 y 5.5); ODS 8 (meta 8.5, trabajo decente para todos e igualdad salarial); y ODS 10 (meta 10.3, igualdad de oportunidades).

La no discriminación y la igualdad de género han sido dos cuestiones centrales para la OIT desde su creación. La Declaración de Filadelfia establece que:
  • «Todos los seres humanos, sin distinción de raza, credo o sexo, tienen derecho a perseguir su bienestar material y su desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad económica y de igualdad de oportunidades»; y
  • «El logro de las condiciones que permitan llegar a este resultado debe constituir el propósito central de la política nacional e internacional»
La importancia de la igualdad de género y la no discriminación, como cuestión que preocupa a toda la Oficina, quedó reafirmada en la Declaración de Justicia Social (1998), en la que se establece que «La igualdad de género y la no discriminación deben considerarse cuestiones transversales en el marco de los [cuatro] objetivos estratégicos antes mencionados»; en la Resolución sobre el avance de la justicia social mediante el trabajo decente, de 2016, y en los textos del Programa y Presupuesto (PyP) para 2016–17 y para 2018–19, que reconocen la promoción de la igualdad de género y la no discriminación como eje de política transversal.

Ejes de política transversales

Como se mencionó anteriormente, la igualdad de género y la no discriminación constituyen en sí un eje de política transversal. Además, son fundamentales para el mandato normativo de la OIT, no solo por los dos convenios fundamentales conexos, sino también porque muchos otros instrumentos de la OIT contienen cláusulas que promueven la igualdad y la no discriminación. La transposición de estas disposiciones a la legislación nacional es fundamental para el trabajo de la OIT. En materia de no discriminación, el trabajo de la OIT contribuye a la aplicación de los siguientes instrumentos de las Naciones Unidas: la Declaración sobre los Derechos de los pueblos indígenas (2007) y la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer (1993).

En el contexto de la Iniciativa del Centenario relativa a las Mujeres en el Trabajo, se han organizado nuevos estudios y compilaciones de datos, además de diálogos sobre la mujer en el trabajo y actividades de promoción centradas, por un lado, en los obstáculos —cada vez más reconocidos— que enfrentan las mujeres para el logro del trabajo decente y, por el otro en los temas que es necesario profundizar, como la desigualdad salarial, la distribución desigual y la infravaloración del trabajo del cuidado (remunerado y no remunerado), y la violencia. La Iniciativa fue presentada para comprender mejor por qué el progreso en materia del acceso de la mujer al trabajo decente es tan lento a nivel mundial, y mucho menor de lo que se hubiera esperado alcanzar hasta hoy. La Iniciativa apunta a señalar acciones innovadoras que puedan generar un nuevo ímpetu en el trabajo de la OIT relativo a la igualdad de género y la no discriminación, por ejemplo, en el contexto del Panel de Alto Nivel sobre el Futuro del Trabajo y la posible Declaración sobre el futuro del trabajo.

Las organizaciones de trabajadores y empleadores de todo el mundo están muy comprometidas con la lucha contra la discriminación y con la promoción de la igualdad de género. Esto último ha quedado plasmado en el texto del resultado de política 10 (trabajadores y empleadores), que hace referencia a la Iniciativa relativa a las Mujeres en el Trabajo y pide que las mujeres tengan más participación en la conducción de las organizaciones de interlocutores. En todo el mundo, se han emprendido trabajos sobre la presencia de la mujer en las empresas y los puestos de gestión; estos trabajos han tenido lugar en Asia y los Estados Árabes, y continuarán en América Latina.

Algunos grupos de población que suelen ser víctimas de la discriminación, como los pueblos indígenas, están amenazados en forma desproporcionada por el cambio climático y la destrucción del medio ambiente. Sus preocupaciones, y también su sabiduría, deben ser tomadas en consideración al promover una economía más verde.

Las alianzas

La Oficina participa en iniciativas interinstitucionales de las Naciones Unidas que promueven la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer, como también el trabajo decente para las personas con discapacidad y los derechos de los pueblos indígenas y tribales. La Oficina también trabaja en coordinación con grupos de la sociedad civil e instituciones académicas. La OIT contribuye a la aplicación del Plan de Acción para Todo el Sistema de las Naciones Unidas sobre la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-SWAP), que fue concebido para coordinar la política de igualdad de género del órgano ejecutivo más alto, la Junta de los Jefes Ejecutivos del Sistema de las Naciones Unidas (JJE). El Plan ONU-SWAP establece como meta que todo el sistema de las Naciones Unidas cumpla con todos sus indicadores de desempeño para 2017. En el ámbito nacional, la OIT forma parte de los grupos de igualdad de género creados con diferentes nombres por los equipos de las Naciones Unidas en los países. La OIT es también miembro fundador de la (Alianza de las Naciones Unidas con los Pueblos Indígenas).

Capacidad de la OIT

El trabajo de la OIT en materia de igualdad de género y no discriminación es coordinado por los Servicios de Género, Igualdad y Diversidad y el ILOAIDS (GED/ILOAIDS), del Departamento de Condiciones de Trabajo. El GED supervisa la Red Mundial de Género de la OIT, que está integrada por los coordinadores de género de la sede y los especialistas de alto nivel en cuestiones de género de las oficinas exteriores, junto con los puntos focales en cuestiones de género de todas las unidades y oficinas. La red de género es el equipo global más consolidado e integral de toda la Oficina.

En materia de no discriminación, hay dos convenios fundamentales sobre esta temática (el Convenio núm.100 y el Convenio núm. 111), que promueven tanto los Servicios GED como FUNDAMENTALS y la Unidad de Igualdad, dependiente del Departamento de Normas Internacionales del Trabajo. Además, prácticamente todas las unidades técnicas de la sede y todas las oficinas exteriores y los equipos técnicos llevan a cabo actividades relativas a la igualdad de género y la no discriminación. El GED lleva a cabo una serie de proyectos de cooperación para el desarrollo (véase la lista actualizada de proyectos), muchos de los cuales están financiados por los países escandinavos y por fondos fiduciarios de las Naciones Unidas.

Recursos

La página de recursos de GED/ILOAIDS es un portal que permite acceder a una gama amplia de material pertinente. Para más información, consúltense también la página de recursos de la biblioteca de la OIT sobre


30 - Véanse el documento de base de la Reunión de expertos sobre la violencia contra las mujeres y los hombres en el mundo del trabajo, y el informe y las conclusiones de esa reunión.

8. Organización Internacional del Trabajo (OIT). Las mujeres en el trabajo. Tendencias. Ginebra: 2016.

43. —. Igualdad y discriminación. OIT - Temas. [En línea] 10 noviembre 2016. https://www.ilo.org/global/topics/equality-and-discrimination/lang--es/index.htm.