Convenio sobre el Trabajo Marítimo

La República del Congo ratifica el Convenio sobre el Trabajo Marítimo (MLC, 2006)

La República del Congo es el 57° Estado miembro de la OIT y el noveno Estado africano, después de Liberia, Gabón, Benín, Togo, Marruecos, Nigeria, Ghana y Sudáfrica, en haber ratificado el MLC, 2006.

Noticia | 7 de abril de 2014
En el día de hoy, la República del Congo depositó ante la Oficina Internacional del Trabajo el instrumento de ratificación del Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006 (MLC, 2006). De esta forma, la República del Congo es el 57° Estado miembro de la OIT y el noveno Estado africano, después de Liberia, Gabón, Benín, Togo, Marruecos, Nigeria, Ghana y Sudáfrica, en haber ratificado el MLC, 2006. La flota mercante de la República del Congo representa 5 846 de arqueo bruto. El MLC, 2006 constituye el cuarto pilar del sistema jurídico internacional marítimo, complementando los convenios fundamentales de la Organización Marítima Internacional (OMI) que establecen normas internacionales para la formación y certificación de la gente de mar, la protección y la seguridad de los buques y la prevención de la polución que estos causan.

Al depositar el instrumento de ratificación del MLC, 2006, el Ministro Delegado responsable de la Marina Mercante, Señor Martin Parfait Aimé COUSSOUD-MAVOUNGOU, declaró: “la República del Congo es un Estado ribereño con 170 km de litoral. Su puerto autónomo de Pointe-Noire es una verdadera plataforma al servicio de toda la subregión de África occidental y central. Por consiguiente, el MLC, 2006 es muy importante dado que asegura que la gente de mar tenga derecho a un empleo decente, goce de las libertades y derechos fundamentales reconocidos a todas las personas y se beneficie de una protección particular y de derechos sociales adecuados. La explotación petrolera, la pesca artesanal e industrial, las profesiones marítimas y auxiliares del transporte marítimo constituyen sin dudas grandes proveedores de empleo y utilizadores de tripulación y personal de tierra.”

Al recibir el instrumento de ratificación, el Director General de la OIT, Señor Guy Ryder, declaró: «Me felicito de poder constatar que un país africano más se une al esfuerzo global para promover condiciones de trabajo y de vida decentes para la gente de mar. Al ratificar el MLC, 2006, la República del Congo demuestra el compromiso de su gobierno y de los interlocutores sociales en favor de las normas internacionales de trabajo que tienen por objetivo mejorar las condiciones de trabajo de la gente de mar y promover condiciones equitativas para los armadores. Confío en que la ratificación del MLC, 2006 fomentará la industria marítima de la República del Congo como posible fuente de creación de empleo, especialmente tras la inauguración en fecha 9 de diciembre de 2011 del centro ultramoderno de formación de la gente de mar en el puerto autónomo de Pointe-Noire.”

El MLC, 2006, entró en vigor el día 20 de agosto de 2013 para los primeros 30 Estados miembros cuyas ratificaciones fueron registradas antes del 20 de agosto de 2012. El Convenio entrará en vigor para la República del Congo un año después su ratificación, a saber en fecha 7 de abril de 2015.

Para obtener más información, se ruega tener a bien consultar la página web dedicada al MLC, 2006: /mlc.