Acuerdos de libre comercio y derechos laborales

A principios de los noventa., la necesidad de crear una plataforma social minima para el desarrollo del comercio – que asegure algunos medios de protección contra el «dumping social» - ha llevado inevitablemente a la firma de un número creciente de acuerdos de libre comercio (ALC) que incluyen una vertiente laboral, ya sea en el articulado mismo o en un acuerdo complementario. Habitualmente, las cláusulas laborales no se limitan a enumerar los compromisos mínimos en cuanto a la protección de los derechos humanos en el ámbito del trabajo y a específicas normas internacionales adoptadas por la OIT, sino que prevén también sistemas para la resolución de conflictos, medios de financiación y de cooperación laboral, y sanciones pecuniarias. De hecho, son cada vez más numerosos los acuerdos bilaterales de cooperación comercial – como los suscritos por el Canadá, los Estados Unidos y la Unión Europea – que contienen disposiciones sociales y laborales de esta índole.

Esta parte del sitio web de Normas Internacionales del Trabajo es dedicada a la difusión de informaciones relativas a los ALC y los derechos laborales y pone a disposición los textos de varios acuerdos. También proporciona los capítulos sociales respectivos de los acuerdos de libre comercio, junto con informaciones, análisis, publicaciones y artículos sobre este tema.