Requisitos para la entrega de propuestas de publicaciones

La colección "Documentos de investigación de la OIT" fue creada en 2012 y se compone de documentos de investigación redactados por personal de la OIT y por expertos externos que colaboran con la organización. Se trata de documentos analíticos que se basan en sólidos marcos teóricos o en investigaciones empíricas. Las propuestas de publicaciones deben tener una extensión de entre 8.000 y 10 000 palabras, sin incluir anexos, cuadros ni referencias. Las propuestas pueden ser redactadas en cualquiera de los tres idiomas oficiales y deben incluir un resumen de entre 100 y 150 palabras.

La colección “Documentos de investigación de la OIT” está dirigida a las personas encargadas de formular políticas, los mandantes de la OIT, los investigadores, los medios de comunicación y el público informado que tengan un interés por cuestiones relacionadas al mundo del trabajo.

Los documentos solo están disponibles en versión electrónica.

Junta editorial

Uma Rani, coordinadora y editora

La junta editorial está compuesta por personal de los siguientes departamentos de la OIT:
  • Departamento de Investigaciones
  • Departamento de Condiciones de Trabajo e Igualdad
  • Departamento de Gobernanza y Tripartismo
  • Departamento de Política de Empleo
  • Departamento de Protección Social

Procedimiento

La evaluación y selección de las propuestas que serán publicadas como parte de esta colección corre a cargo de la junta editorial, la cual contará con la orientación general del Comité de Publicaciones.

Evaluación por pares

Las propuestas deben ser enviadas a la junta editorial, la cual decidirá si pueden considerarse o no para su inclusión en la colección. De ser así, la coordinadora de la junta editorial transmitirá la propuesta a un evaluador interno (personal de la OIT) y a un evaluador externo afiliado a alguna institución pública, algún grupo de reflexión o la comunidad académica. Una vez que los evaluadores presenten sus observaciones por escrito a la coordinadora, los documentos deberán ser objeto de una revisión a tenor de dichas observaciones y enviados nuevamente a la coordinadora de la junta editorial. La aprobación definitiva de publicar en línea la propuesta compete a la junta editorial.