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Convenio sobre el Trabajo de Pesca

Entra en vigor el Convenio de la OIT sobre el trabajo en la pesca núm. 188 (2007)

El histórico convenio impulsará los esfuerzos globales dirigidos a garantizar trabajo decente para los 38 millones de trabajadores del sector de la pesca.

Noticia | 16 de noviembre de 2016
© Ingrid Taylar 2016
GINEBRA (OIT Noticias) – Dentro de un año a partir de hoy, cuando Lituania ratificó el Convenio núm. 188 de la OIT, entrará en vigor nuevas normas laborales elaboradas para mejorar las condiciones de trabajo de millones de trabajadores del sector de la pesca.

Más de 38 millones de personas en el mundo trabajan en la pesca de captura, una industria reconocida como una de las profesiones más peligrosas. La noticia de la entrada en vigor del Convenio viene a dar un fuerte respaldo a los esfuerzos dirigidos a garantizar trabajo decente para los pescadores en todo el mundo.

“La entrada en vigor del Convenio sobre el trabajo en la pesca marco un hito en la historia de la industria pesquera”, señaló el Director General de la OIT, Guy Ryder. “Contribuirá a garantizar condiciones de trabajo decente a bordo de los buques pesqueros y permitirá que se cumplan los requisitos mínimos a través de la inspección laboral en los puertos extranjeros. Las normas establecidas en el Convenio también pueden tener una función de prevención al abordar las formas de trabajo inaceptables en el sector, como el trabajo forzoso y el trabajo infantil.”

Los delegados de gobiernos, empleadores y trabajadores adoptaron con gran mayoría el histórico Convenio en la 96.a Conferencia Internacional del Trabajo (CIT).

La ratificación de Lituania es la décima requerida para que el Convenio entre en vigor, doce meses a partir de hoy. Lituania es el tercer país de la UE en ratificar el Convenio, después de Estonia y Francia. Hasta la fecha, el Convenio núm. 188 también ha sido ratificado por Angola, Argentina, Bosnia y Herzegovina, Congo, Marruecos, Noruega y Sudáfrica.


Qué significa para los pescadores

Los trabajadores del sector de la pesca enfrentan graves desafíos en lo que respecta las condiciones de trabajo decente, como prácticas de empleo informal, trabajo en zonas remotas, clima y estacionalidad, y la naturaleza generalmente peligrosa del trabajo.

También son motivo de especial preocupación el trabajo forzoso, la trata de personas y la explotación de los trabajadores migrantes en la pesca a nivel mundial. Las normas laborales del trabajo del Convenio núm. 188 pueden contribuir a proteger a los pescadores de estas formas inaceptables de trabajo y de la violación de sus derechos.

Las normas del Convenio contienen disposiciones elaboradas con la finalidad de garantizar que los trabajadores del sector de la pesca se beneficien de una mejor salud y seguridad en el trabajo y atención médica en el mar y que los pescadores enfermos o lesionados reciban tratamiento médico en tierra, que dispongan del tiempo de descanso necesario para su salud y seguridad, que estén protegidos por un contrato de trabajo escrito, y cuenten con la misma cobertura de seguridad social que tienen otros trabajadores.

Los pescadores trabajan a bordo de una flota mundial de alrededor de 4,6 millones de buques, la mayoría de eslora inferior a 12 metros, y alrededor de 64.000 grandes buques operativos de más de 24 metros. Las innovadoras normas del trabajo del Convenio núm. 188 fueron concebidas para proteger a los trabajadores a bordo de todos los buques de pesca comerciales, su flexibilidad permite abarcar tanto los barcos más grandes como los más pequeños.

Las disposiciones del Convenio tienen como objetivo garantizar que los buques pesqueros sean construidos y mantenidos de manera tal que los trabajadores dispongan de condiciones de vida decentes, adecuadas para las largas temporadas que suelen pasar en el mar. Las normas del Convenio se complementan con la Recomendación sobre el trabajo en la pesca (núm. 199).

El Convenio instaura un mecanismo para garantizar el cumplimento de sus disposiciones y el control de su aplicación por parte de los Estados miembros que lo han ratificado, establece que los grandes buques pesqueros y los barcos pesqueros durante los viajes internacionales prolongados pueden estar sujetos a inspecciones laborales en los puertos extranjeros.

Este mecanismo es complementado por dos series de Pautas, para el Estado del pabellón y para el Estado del puerto que llevan a cabo inspecciones en el marco del Convenio, las cuales fueron aprobadas durante reuniones tripartitas de expertos.

La OIT mantendrá su compromiso de promover el trabajo decente en la industria pesquera a través de la extensa ratificación e implementación del Convenio entre los Estados miembros.