GB.347/INS/6/Decisión
Decisión relativa al informe final del Grupo de trabajo tripartito sobre la participación plena, equitativa y democrática en la gobernanza tripartita de la OIT
El Consejo de Administración:
a) toma nota del informe final del Grupo de trabajo tripartito sobre la participación plena, equitativa y democrática en la gobernanza tripartita de la OIT;
b) acoge con satisfacción los considerables progresos realizados en la ratificación del Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, 1986, desde la creación del Grupo de trabajo;
c) insta a los ocho Miembros de mayor importancia industrial que aún no han ratificado el Instrumento de Enmienda de 1986 a que consideren favorablemente la ratificación de este a la mayor brevedad posible, y
d) pide al Director General que adopte todas las iniciativas necesarias a fin de lograr la entrada en vigor del Instrumento de Enmienda de 1986 y mantenga informado al Consejo de Administración en las reuniones ulteriores de noviembre y de marzo hasta la entrada en vigor del Instrumento de Enmienda de 1986.
(GB.347/INS/6, párrafo 21, en su versión enmendada por el Consejo de Administración)
a) toma nota del informe final del Grupo de trabajo tripartito sobre la participación plena, equitativa y democrática en la gobernanza tripartita de la OIT;
b) acoge con satisfacción los considerables progresos realizados en la ratificación del Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, 1986, desde la creación del Grupo de trabajo;
c) insta a los ocho Miembros de mayor importancia industrial que aún no han ratificado el Instrumento de Enmienda de 1986 a que consideren favorablemente la ratificación de este a la mayor brevedad posible, y
d) pide al Director General que adopte todas las iniciativas necesarias a fin de lograr la entrada en vigor del Instrumento de Enmienda de 1986 y mantenga informado al Consejo de Administración en las reuniones ulteriores de noviembre y de marzo hasta la entrada en vigor del Instrumento de Enmienda de 1986.
(GB.347/INS/6, párrafo 21, en su versión enmendada por el Consejo de Administración)