GB.343/LILS/3/Decisión

Decisión relativa al Procedimiento para el nombramiento de miembros de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones

Repertorio de decisiones | 13 de noviembre de 2021

Con miras a asegurar la transparencia, el equilibrio geográfico, la inclusividad y la eficacia del procedimiento de nombramiento de los miembros de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, al tiempo que se preserva su independencia, imparcialidad y conocimientos técnicos, el Consejo de Administración pide al Director General que:
 
1) aplique los siguientes ajustes al procedimiento de nombramiento de miembros de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, en el entendido de que todos los demás aspectos del procedimiento deberían llevarse a cabo conforme a la práctica establecida:
 
a) las tres vacantes actualmente abiertas en la composición de la Comisión de Expertos se difunden ampliamente anunciando la convocatoria de manifestación de interés en el sitio web público mundial y regional de la OIT lo antes posible;
 
b) las futuras vacantes en la composición de la Comisión de Expertos se difunden ampliamente anunciando la convocatoria de manifestación de interés en el sitio web público mundial y regional de la OIT nueve meses antes del inicio de la reunión de la Comisión de Expertos en la que se sepa que habrá una vacante;
 
c) en el procedimiento de selección no se acepta ningún tipo de intervención o declaración pública por parte de los mandantes de la OIT sobre los candidatos o el procedimiento de selección;
 
d) el Director General realiza propuestas a la Mesa del Consejo de Administración con el fin de aclarar y dar a conocer mejor los criterios para la selección de expertos respetando los criterios esenciales de independencia, imparcialidad y conocimientos técnicos;
 
e) el Director General mantiene informada a la Mesa del Consejo de Administración y le presenta un informe detallado sobre el procedimiento de selección para su consideración en una sesión especial;
 
f) el Director General mantiene informada a la Mesa del Consejo de Administración sobre la próxima renovación de los mandatos y propone al Consejo de Administración la renovación de los mandatos, salvo cuando un miembro no cumpla con sus obligaciones en tiempo y forma o no asista a las reuniones de la Comisión;
 
2) prepare propuestas para su 344.ª reunión (marzo de 2022), sobre la base de sus orientaciones, a fin de ampliar la duración de la reunión anual de la Comisión de Expertos con miras a garantizar que se proporcione a la Comisión tiempo suficiente para hacer frente a su carga de trabajo;
 
3) le informe en su 347.ª reunión (marzo de 2023) acerca de la puesta en práctica de los ajustes introducidos en el procedimiento vigente y de otras posibles mejoras, si se estima necesario, tras la celebración de consultas tripartitas.
 
(GB.343/LILS/3, párrafo 42, en su versión enmendada por el Consejo de Administración)