Contactar HR/OPS para determinar si el cónyuge puede ser reconocido como persona a cargo. Si este es el caso, el cónyuge quedará automaticamente cubierto por la CSSP. En caso contrario, el funcionario podrá solicitar un seguro voluntario para su cónyuge. (Artículo 1.5 y 1.6 a) de los Estatutos) |