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Title_of_text

Ley núm. 15921 de zonas francas.

Main Region

First Region

Uruguay
Economic and social policy
1987-12-10
National
Law, Act

Second Region

Los usuarios de las zonas francas emplearán como mínimo un 75 por ciento de ciudadanos uruguayos. En casos excepcionales, ese porcentaje podrá ser reducido previa autorización del Poder Ejecutivo. Las contribuciones de seguridad social no están comprendidas en las exoneraciones tributarias. El personal extranjero podrá expresar por escrito su voluntad de no integrarse al sistema de seguridad social vigente en la República.

Implementing Text region

Serial region

    Serial title
    Diario Oficial
    Date
    1988-01-07
    Number
    núm. 22539
    Page range
    págs. 75-78