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Orden ministerial núm. 238 por la que se declara el trabajo nocturno a efectos del art. 29 (2) del decreto-ley núm. 409 de 27 septiembre de 1971 todo trabajo efectuado entre las 23 horas de un día y las 10 horas del siguiente por el personal destinado, en el momento de que se trate, a los segundos turnos organizados por las empresas industriales [dictado a título de excepción a las disposiciones del art. 29 (1) del decreto-ley núm. 409 de 27 de septiembre de 1971 (SL 1971 - Por. 1) y de conformidad con el art. 2 del Convenio 89 de la OIT].

Main Region

First Region

Portugal
Night work
1972-04-29
Law, Act

Serial region

    Serial title
    Diário do Governo
    Date
    1972-04-29