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Resolución ministerial núm. 197-88-TR por la se dispone que se encuentran comprendidas en los alcances del presente dispositivo las empresas de servicios a que se refieren los arts. 32 y 35 de la ley núm. 24514 de estabilidad laboral y de su reglamento.

Main Region

First Region

Peru
Employment policy, promotion of employment and employment services; Labour contracts; Labour inspection
1988-05-20
Regulation, Decree, Ordinance

Second Region

Determina que se consideran empresas de servicios aquellas cuya actividad principal es la de poner a disposición de otras empresas (empresas usuarias) actividades complementarias de mantenimiento, limpieza, vigilancia, seguridad y otras de carácter especializado. Los trabajadores que realicen esas labores deberán tener vínculo laboral permanente con la empresa del servicio que los hubiere contratado. El incumplimiento de las disposiciones de la presente resolución dará lugar a la aplicación de sanciones por parte de la Autoridad administrativa de trabajo.

Serial region

    Serial title
    El Peruano
    Date
    1988-05-21
    Number
    No. 2804
    Page range
    p. 65001-65002