Name: |
Decreto Supremo núm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones. |
Country: |
Peru |
Subject(s): |
Old-age, invalidity and survivors benefit; Administration and financing |
Type of legislation: |
Regulation, Decree, Ordinance |
Adopted on: |
1998-01-19 |
Entry into force: |
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Published on: |
El Peruano, 1998-01-21, núm. 6419, págs. 156614-156629
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ISN: |
PER-1998-R-48648 |
Link: |
https://www.ilo.org/dyn/natlex/natlex4.detail?p_isn=48648&p_lang=en |
Bibliography: |
El Peruano, 1998-01-21, núm. 6419, págs. 156614-156629
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Abstract/Citation: |
Establece los requisitos de constitución, organización y funcionamiento de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), los requisitos y limitaciones de su gestión y las características de las prestaciones que otorgan a sus afiliados. Pueden afiliarse los trabajadores dependientes, autónomos y los peruanos que trabajan en el exterior los cuales serán considerados autónomos. Las pensiones por invalidez y sobrevivencia no se podrán devengar si la muerte o invalidez hubiesen sido causadas por accidente de trabajo, enfermedad profesional, actos voluntarios o uso de sustancias alcohólicas o estupefacientes o de preexistencia. Corresponde al Comité Médico de las AFP (COMAFP), en primera instancia, la calificación de la invalidez y sus causas y la determinación de los casos excluídos. El Comité Médico de la Superintendencia, COMEC, califica en segunda y última instancia sobre la invalidez, causas y exclusiones. Los gastos correspondientes a los exámenes y procedimientos médicos requeridos a efectos de calificar la invalidez estarán a cargo del trabajador asegurado en un 20 por ciento. |
Basic text(s): |
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Repealed text(s): |
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Amending text(s): |
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Implementing text(s): |
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