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Ley núm. 26772 por la cual disponen que las ofertas de empleo y acceso a medios de formación educativa no podrán contener requisitos que constituyan discriminación, anulación o alteración de igualdad de oportunidades o de trato.

Main Region

First Region

Peru
Non-discrimination
1997-03-26
National
Law, Act

Second Region

Art. 2: "Se entiende por discriminación, anulación o alteración de igualdad de oportunidades o de trato, los requerimientos de personal o acceso a medios de formación técnica o profesional que no se encuentren previstos en la ley que impliquen un trato diferenciado desprovisto de una justificación objetiva y razonable, basado en motivos de raza, color, sexo, opinión, ascendencia nacional u origen social, condición económica, política, estado civil, edad o de cualquier otra índole". Las personas individuales o jurídicas que incurran en discriminación serán sancionadas por el Ministerio del Trabajo sin perjuicio de la indemnización a que hubiere lugar.

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Serial region

    Serial title
    Análisis Laboral
    Date
    1997-05
    Volume
    vol. XXI
    Number
    núm. 239
    Page range
    pág. 42