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Ley núm. 31030, de 22 de julio de 2020, que modifica las normas de la legislación electoral para garantizar paridad y alternancia de género en las listas de candidatos

Main Region

First Region

Peru
Equality of opportunity and treatment
2020-07-23
National
Law, Act

Second Region

La ley citada modifica los artículos 104 y 116 de la Ley núm. 26859, Ley Orgánica de Elecciones, disponiendo la forma de intercalar a hombres y mujeres en las fórmulas de candidatos a presidente y vicepresidente, así como en las listas de candidatos al Congreso de la República y al Parlamento Andino. Asimismo, modifica el numeral 1 del tercer párrafo del artículo 12 de la Ley núm. 27683, Ley de Elecciones Regionales, estableciendo la representación por género que deberán respetar las fórmulas de candidatos a los cargos de gobernador y vicegobernador regional y las listas de candidatos al consejo regional. También modifica el numeral 3 del segundo párrafo del artículo 10 de la Ley núm. 26864, Ley de Elecciones Municipales, disponiendo que las listas de candidatos estén conformadas por el 50% de hombres o mujeres, ubicados intercaladamente; no menos de un 20% de ciudadanos o ciudadanas jóvenes menores de 29 años de edad y un mínimo de 15% de representantes de comunidades nativas y pueblos originarios de cada provincia. Finalmente, modifica el artículo 26 de la Ley núm. 28094, Ley de Organizaciones Políticas, disponiendo que el número de mujeres u hombres en las listas de candidatos para cargos de dirección de los partidos políticos, así como para los candidatos a cargos de elección popular, no pueda ser inferior al 50% del total de candidatos.

Entry dates region

    Date of entry into force
    2020-07-24
    --

Amended Text region

Electronic region

Serial region

    Serial title
    El Peruano
    Date
    2020-06-23
    Page range
    págs. 3-4